🇪🇨 GOBIERNO EMITE DECRETO PARA NO PERMITIR LA MINERÍA EN TERRITORIOS ANCESTRALES
Tras 18 días de Paro Nacional, el Gobierno de Guillermo Lasso se comprometió a derogar los decretos 95 (Plan de Acción para el sector minero) y 151 (Plan de Acción para el sector hidrocarburos), mismos que hacen referencia a la ampliación de la frontera extractiva minera/petrolera. Esto busca la protección de los territorios, fuentes de agua y ecosistemas frágiles en conformidad con la quinta exigencia presentada por las organizaciones y comunidades indígenas, pues estos violaban los derechos colectivos esenciales respecto a la toma de decisiones sobre la ampliación de la frontera extractiva.
Hasta el momento de esta publicación, la derogatoria del decreto 95 ya se ha oficializado, pero la anulación del 151 no se ha formalizado.
De igual manera, el gobierno ha emitido un nuevo decreto, el 468, mismo que estipula que “el Presidente de la República no ejercerá su facultad excepcional prevista en la Constitución de la República, que permite solicitar la actividad extractiva de los recursos naturales no renovables en áreas protegidas, en zonas declaradas como intangibles, en territorios ancestrales y zonas arqueológicas de conformidad con la ley”, disponiendo “al ministerio del ramo no presentar ni aprobar nuevos proyectos de actividad extractiva de recursos naturales no renovables”.
El Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica, el Ministerio de Energía y Minas y la Secretaría General Jurídica de la Presidencia de la República son las instituciones encargadas de elaborar el Instructivo para la Consulta Prelegislativa para Actos Normativos de la Función Ejecutiva conforme se establece en las sentencia No. 69-16-IN/21 y 45-15-IN/22 de la Corte Constitucional del Ecuador, además de trabajar en el proyecto de ley de consulta previa, libre e informada y del proyecto de reforma al Reglamento del Código Orgánico del Ambiente para la aplicación de la Consulta Ambiental.
Con respecto a la ley de consulta previa, libre e informada, esta debió de ser aprobada por la Asamblea Nacional haca más de dos años, esto en base a una sentencia emitida por la Corte Constitucional, misma que establece un tiempo límite de un año, además de resolver un caso planteado por Yaku Pérez Guartambel, cuando todavía se llamaba Carlos y era el presidente de la Confederación de Pueblos de la Nacionalidad Kichwa del Ecuador, Ecuarunari.
En este contexto, Jorge Herrera Morocho, quien fue presidente de la CONAIE del 2014 al 2017, planteo la inconstitucionalidad del Instructivo para la conformación, legalización, y disolución de Juntas Administradoras de Agua Potable y Saneamiento en 2015, y tras 7 años, la corte le dio la razón.
Fuente: Vía Minera