Mundo Minero Revista Digital
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🇨🇴 FALLO EXIGE REORDENAMIENTO MINERO PARA PROTEGER EL MEDIOAMBIENTE EN COLOMBIA

El Consejo de Estado de Colombia, tribunal supremo administrativo del Gobierno Nacional, falló a favor de una acción popular que exigía una mayor regulación de las actividades mineras en el país, sobre todo de aquellas que afectan a zonas de importancia ambiental. La alta corte colombiana dictó ocho órdenes al Estado entre las que resaltan la necesidad de que los ministerios de Ambiente y de Minas junto con otras entidades como la Agencia Nacional de Minería se pongan de acuerdo sobre cómo asignar los títulos mineros sin afectar ecosistemas sensibles, y a la par atender el déficit de información con la creación de un sistema que permita visualizar el ordenamiento del territorio colombiano para estudiar mejor cada caso. El seguimiento al cumplimiento de este fallo, según el tribunal, cae en manos de la Contraloría y la Procuraduría.

 

En 2013, más de ocho organizaciones sociales y 30 ciudadanos entre ellos el senador Iván Cepeda, la ONG ambientalista Censat Agua Viva y el líder social Teófilo Acuña, asesinado en febrero de 2022 presentaron una acción popular contra la reglamentación minera del país. Exigían que por la protección del medio ambiente y de la calidad de vida de las comunidades, que dependen de los ecosistemas protegidos, se detenga la asignación de título mineros en esas áreas sensibles. En particular, buscaban detener una política del gobierno de Juan Manuel Santos (2012-2018), conocida como la ‘ventanilla minera’, que otorgaba títulos de manera ágil o exprés a las empresas o personas que lo solicitaban.

 

Cinco años más tarde, en 2018, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón a los demandantes, pero los ministerios de Ambiente y Minas, junto con otras instituciones, apelaron el fallo, por lo que escaló al Consejo de Estado. Este le dio razón, finalmente, a los demandantes en una sentencia emitida el 4 de agosto de 2022, pero que se comunicó al país el 2 de septiembre.

 

Las reacciones del presidente Gustavo Petro y de la ministra de Ambiente, Susana Muhammad, no se hicieron esperar. “Un hito histórico para la justicia ambiental. Ministerio de Minas y Medio Ambiente deben entrar a trabajar de inmediato: cesa la exploración y explotación minera en las zonas ambientales estratégicas”, dijo el mandatario colombiano. Sin embargo, aunque la sentencia busca proteger las áreas protegidas y otros ecosistemas de alta importancia ambiental, no prohíbe la solicitud de títulos mineros ni la explotación.

 

 

El fallo dice que toda solicitud que se pida en el periodo de ejecución de las órdenes dictadas debe comprobar, vía certificado emitido por una autoridad ambiental, que la zona donde está el proyecto minero ya está delimitada y que no afectará al medio ambiente. También debe considerarse que el título solicitado no se encuentre en un área de exclusión de minería y si se permite la operación de manera restringida, que cuente con los permisos. En caso de que haya dudas sobre las posibles afectaciones al medioambiente, la Agencia Nacional de Minería (ANM) debe abstenerse de dar el permiso minero hasta que el cumplimiento de las órdenes del fallo permitan una decisión. No queda claro si la sentencia será retroactiva y si se revisarán algunas de las asignaciones que han sido cuestionadas por afectar ecosistemas sensibles.

 

Sobre esta presencia de minería en la Amazonía colombiana, la ministra de Ambiente Susana Muhammad abrió la discusión: “[Por] ejemplo, Putumayo: ¿Va a ser un distrito minero o un enclave de trabajo comunitario de economía forestal y biodiversidad? Ahí hay cobre ¿Lo sacamos? ¿Cómo? ¿A qué escala? ¿Qué quieren las comunidades?”, dijo Muhamad.

 

la organización en la que es líder Robinson Mejía, Colectivo Socio-ambiental Juvenil de Cajamarca (COSAJUCA), fue citada y consultada sobre el tema por el Consejo de Estado respecto a la minería en Cajamarca. En entrevista con Mongabay Latam, Mejía precisó que “en Cajamarca, pese a que hubo consulta popular, aún hay títulos mineros que se superponen o se traslapan con tres áreas de importancia ambiental. Cajamarca alcanzó a tener el 86 % de su territorio con títulos mineros y el restante con solicitudes. Prácticamente todo el territorio. Eso nos llamó a la acción”.

 

En 2017, la población de Cajamarca rechazó la minería en su territorio por medio de una consulta popular, un mecanismo jurídico de la Constitución Política que permitía que las poblaciones decidieran si querían que hubiera minería o no en sus territorios. Un año después, en 2018, la Corte Constitucional de Colombia prohibió que se realizaran nuevas consultas populares tras la demanda interpuesta por la petrolera Mansarovar a un nuevo proceso en Cumaral, Meta. Este fallo respetó las consultas populares realizadas hasta el momento, pero sí ordenó al Estado resolver por medio del Congreso qué mecanismos de participación ciudadana debían considerarse. Si bien la sentencia del Consejo de Estado no apunta a resolver ese asunto, sí reabre la discusión en torno a aquellas comunidades que no son escuchadas cuando se realizan actividades extractivas.

 

El debate sigue vigente. En septiembre se han visto protestas en el departamento de Santander, Colombia, después de que la corporación autónoma de esa zona del país autorizara la operación de una mina de carbón.

 

No todos los permisos mineros dependen de entidades nacionales en Colombia. “Hay unos procesos que por dimensión del proyecto, por cantidad de mineral que buscan extraer, no los revisa la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), sino las corporaciones autónomas regionales”, explicó Mejía. Las corporaciones son las entidades encargadas de la protección del medio ambiente en las regiones colombianas. “El Ministerio de Ambiente tiene que coordinar con ellas porque el fallo debe materializarse no solo a nivel nacional, sino al regional y local, ya que las corporaciones también pueden crear áreas de protección ambiental”, añadió el representante de COSAJUCA.

 

Fuente: El Tiempo

 

 

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