Revocan Suspensión de Consulta Ambiental en Palo Quemado
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Decisión judicial revoca suspensión de Consulta Ambiental en Sigchos

Decisión judicial revoca suspensión de Consulta Ambiental en Palo Quemado

Este viernes 2 de agosto de 2024, el Juez Constitucional de Sigchos, Darwin Paredes, declaró improcedente la Acción de Protección presentada en contra de la Consulta Ambiental y otros procedimientos relacionados. El Juez argumentó que los tres cargos formulados—Consulta Previa, Consulta Ambiental y Violaciones a los Derechos de la Naturaleza—carecían de fundamento suficiente.

 

La decisión revocó la suspensión previa de la Consulta Ambiental, permitiendo que el Ministerio del Ambiente, Agua y Transición Ecológica (MAATE) pueda reiniciarla cuando lo considere conveniente. Según el Juez, los medios utilizados para llevar a cabo la Consulta Ambiental, que incluyen videos, talleres, sitios web y charlas, cumplen con los estándares establecidos por la Corte Constitucional. La presencia de la Fuerza Pública durante el proceso se justificó como una medida para garantizar el orden público y no como una forma de presión indebida, según los informes policiales presentados.

 

En lo que respecta a la Consulta Previa, el Juez enfatizó que el derecho a la autodeterminación de las comunidades no es suficiente por sí solo para reivindicar una identidad étnica. Es necesario demostrar una conexión real con el territorio, mantener costumbres y respetar instituciones propias, además de una continuidad histórica, tal como lo estipula el Manual para la Consulta Previa de la OIT. Los testimonios presentados no lograron cumplir con estos requisitos.

 

Respecto a los derechos de la naturaleza, el Juez explicó que no es posible impugnar un permiso ambiental basado en supuestos hipotéticos y futuros, ya que estos no se consideran reales y verificables en el presente.

 

La sentencia judicial se considera una victoria para los habitantes de Palo Quemado, quienes ahora podrán ser informados y consultados de manera adecuada, sin presiones externas ni violencia. Este fallo reafirma el compromiso con los derechos de las comunidades locales y promueve un proceso transparente y justo.

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