Ministerio Minas Fuerza Mayor
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Ministerio Minas Fuerza Mayor

🇪🇨 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS REGLAMENTA FUERZA MAYOR EN ACTIVIDADES MINERAS

Para que el desarrollo de la industria minera ecuatoriana sea garantizado, tener una reglamentación clara es sumamente necesario, y es por esto que el Ministerio de Energía y Minas reglamentó el proceso para que las concesiones mineras soliciten y usen la cláusula de fuerza mayor de sus contratos. 

 

El instructivo fue emitido por Fernando Santos, quien encabeza la Cartera de Estado, y en este se establece que las empresas mineras que presenten una solicitud de declaratoria de fuerza mayor o en caso fortuito deberán de cumplir con una de las siguientes condiciones: 

 

  • El hecho no pudo preverse. 
  • En caso de que pudo ser previsto, definir las acciones que se tomaron para evitarlo. 
  • Que por consecuencia del acto o hecho alegado no se han podido realizar las labores mineras con normalidad. 
  • Que el acto o hecho que se alega es imposible de resistir. 
  • Que el acto o hecho alegado no sea consecuencia de actuaciones imputables a la concesionaria minera. 

 

Una vez presentada la solicitud, el ministerio tiene 15 días para admitirla, y en caso de que no esté completa, dar a la peticionaria 10 días para aclararla o completarla, para que luego de este plazo sea admitida o rechaza en un lapso de tiempo de 15 días. 

 

“El instructivo constituye una muy buena medida para que, por ejemplo, cuando las concesiones son atacadas, los concesionarios puedan suspender los trabajos, pero mantener los proyectos”, declaró Andrés Ycaza, abogado de la Cámara de Minería del Ecuador a BNamericas, además de añadir que “el Estado no se perjudica, pues las empresas deben seguir pagando las patentes y cumplir con las obligaciones ambientales, mientras el Estado le da garantías para retomar las actividades”. 

 

Cabe recalcar que las empresas que obtengan la declaración de fuerza mayor deberán continuar cumpliendo las obligaciones legales, administrativas, económicas y ambientales, especialmente el pago de patentes anuales, la presentación de informes y los compromisos relacionados con su plan de relacionamiento comunitario. 

 

Las compañías que apliquen la declaratoria podrán suspender sus labores de exploración o producción, además de las inversiones mínimas y prometidas, motivo por el que estas deberán evaluarse una vez se haya levantado la suspensión. 

 

Fuente: BNamericas 

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