Fabricación de explosivos en Ecuador: normativas y oportunidades bajo la nueva Ley de Armas
Por René Ayala Lomas
Docente- Experto Minero-Conferencista Internacional
FERLAT CORPORATION
La industria minera ecuatoriana se encuentra en constante crecimiento en los proyectos mineros metálicos, en mediana minería El Domo-Curipamba y La Plata, en gran minería como son: Cascabel, Cangrejos, Loma Larga y Warintza, la ampliación por el incremento de producción en las minas Mirador y Fruta del Norte, en 80 minas de pequeña mineria, así mismo para abastecer la mineria no metálica y de materiales pétreos. Esto nos indica que la fabricación de explosivos desempeña un rol fundamental en el proceso de explotación para satisfacer la demanda para minas y canteras.
Actualmente existe solo EXPLOCEN C.A, la fábrica de explosivos civiles ubicada en Latacunga, cuya mayoría accionaria es del ISSFA y el 40% de un socio norteamericano, su producción del 8% no abastece el actual consumo de explosivos en los sectores minero, construcción e hidrocarburífero. En la actualidad el Ecuador, requiere 33% de producción de explosivos civiles, para atender la demanda actual y el 58% para suministrar la demanda proyectada por las empresas mineras de acuerdo con el Ministerio de Energía y Minas y el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, con la opción de exportar a 30 países.
En este apartado, exploraremos la reciente promulgación de la nueva Ley de Armas, Municiones, Explosivos y Accesorios aprobada en segundo debate por la Asamblea Nacional el 13 de agosto del 2024, ha generado tanto desafíos como oportunidades para el sector minero considerando tres ejes contexto legal, desafíos del monopolio y oportunidades emergentes. Generando perspectivas de atracción de inversiones nacionales y extranjeras para la construcción y funcionamiento de fábricas de explosivos y garantizar un equilibrio entre seguridad y desarrollo mediante el fomento de la innovación y la eficiencia en la fabricación.
La industria minera requiere una variedad de explosivos adaptados a diferentes métodos de explotación a cielo abierto, subterráneo o mixto, tipo de roca e hidrogeología, lo que exige una mayor diversidad de productos considerando sus propiedades, como la energía, la densidad, la velocidad de detonación, la resistencia al agua, la sensibilidad y la estabilidad que afectan la efectividad y la seguridad en términos de voladura.
La fabricación de explosivos en el país no solo es una necesidad para la minería, sino también una pertinencia para el crecimiento económico, la innovación, tecnología y la generación de empleo digno. El mantener un enfoque equilibrado en la trazabilidad, seguridad, ambiente y desarrollo económico es clave para aprovechar estas conveniencias que hoy nos brinda la nueva Ley en la cual prevalece el cumplimiento normativo y responsabilidad social de las empresas que fabrican o fabricarán explosivos adoptando prácticas sostenibles y responsables y generar las siguientes oportunidades.
En la nueva Ley en el Artículo 42.- Autorización de instalación de fábricas. Las personas naturales o jurídicas que, por su actividad económica, requieran la autorización para la instalación de una fábrica de armas, municiones, explosivos, accesorios, piezas, componentes, sustancias químicas controladas y fuegos de artificio, deberán solicitar al ente rector de Defensa Nacional el informe favorable del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a los requisitos establecidos en el Reglamento General de la Ley.
Este artículo 42, nos da la facultad de construir fábricas de explosivos a personas naturales y jurídicas que cumplen los requisitos solicitados por la autoridad competente y genera los siguientes beneficios para el Estado Ecuatoriano:
- Importaciones con producción local por hasta USD$300,000,000.
- Garantiza el abastecimiento local a la demanda insatisfecha existente.
- Creación más de 2,500 plazas de trabajo por fábrica directos e indirectos.
- Crecimiento de la Industria y las compras se quedan en el país.
- Evitar la salida de divisas.
- Generación de impuestos localmente, renta, IVA, entre otros.
- Desarrollar y fortalecer el talento humano y al sector productivo.
- Evolución de los explosivos: a) explosivos que no se activen ante la manipulación manual; b) explosivos que sean más fáciles de controlar y transportar; c) explosivos cuyo radio de expansión sean controlados.
- Disminuir y controlar el contrabando de explosivos y accesorios negocio ilegal, que genera inseguridad.
- Disponer del sistema de trazabilidad que a la fábrica de explosivos civiles le permite registrar su procedencia con exactitud cada etapa de producción, desde la materia prima, comercialización, almacenaje y distribución.
La Ley aprobada es la normativa clave que regula la fabricación, importación, exportación, comercialización, almacenamiento y tenencia de armas de fuego, municiones, explosivos y sus accesorios es un marco regulatorio estricto para la fabricación y manejo de explosivos en el Ecuador.
Hemos explorado las regulaciones, los desafíos, beneficios y las oportunidades en implementar nuevas fábricas de explosivos que consideren como prioridad la seguridad, trazabilidad, innovación, tecnología y responsabilidad mediante la regulación, supervisión y control del Ministerio de Defensa Nacional, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.
Ahora nos toca implementarla existen ya proyectos en etapa de factibilidad (estudio económico e ingeniería de detalle) para la construcción de fábricas de explosivos que tendrá que ser aprobados por el ente rector. Es una gran oportunidad de un ganar-ganar, prioritaria para fortalecer la naciente industria minera, atrayendo inversión pública, privada y mixta así como capitales nacionales y foráneos, que propicien la generación de fuentes de trabajo, fortalecimiento de la cadena de suministros, crecimiento económico y transferencia de conocimiento, garantizando el suministro confiable y seguro para la industria minera ecuatoriana y reducir la dependencia de importaciones y convertirse en un país líder en la región para exportar explosivos.
*La opinión de este artículo es responsabilidad del autor y no refleja el pensamiento de este medio.