Resolución Tributaria: Desafíos para Grandes Empresas en 2024
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Desafíos tributarios para empresas líderes

Desafíos tributarios para empresas líderes

Por Elisa Morán, Abogada especialista en Minería y Ambiente con énfasis en desarrollo de proyectos mineros metálicos, no metálicos y materiales de construcción. Asociada en el Área de Minería en Puente & Asociados Estudio Jurídico.
El pasado 12 de enero de 2024, el Director General del Servicio de Rentas Internas, Damián Larco, emitió la Resolución Nro. NAC-DGERCGC24-00000003, estableciendo las regulaciones aplicables a la autorretención del Impuesto a la Renta para las sociedades calificadas como Grandes Contribuyentes. Estas regulaciones entró en vigor el 20 de diciembre de 2023, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo.
La resolución tiene como objetivo establecer las disposiciones para la autorretención del Impuesto a la Renta y su pago mensual por parte de los Grandes Contribuyentes, basándose en la tasa impositiva efectiva determinada en los procesos de control según su actividad económica habitual.
La tasa impositiva efectiva se deriva de los procesos de control concluidos respecto a la actividad económica habitual del contribuyente en sede administrativa, considerando la información registrada en los catastros de la Administración Tributaria.
Las autorretenciones se aplicarán sobre el ingreso gravado mensual, y en caso de no poder distinguir entre ingresos gravados y exentos, se calculará sobre la totalidad del ingreso percibido mensualmente.
Los porcentajes de autorretención varían según la actividad económica habitual de la sociedad, establecidos de acuerdo con los rangos señalados en la resolución. Por ejemplo, para el sector de Recursos Naturales No Renovables Minas, el porcentaje de autorretención es del 7%.
Es importante destacar que el incumplimiento de la autorretención obligatoria conlleva sanciones que incluyen el pago de valores adeudados con intereses y multas establecidas por la normativa tributaria.
El Servicio de Rentas Internas se reserva el derecho de modificar los porcentajes de autorretención según las circunstancias económicas de cada sector. Las sociedades calificadas como grandes contribuyentes deben aplicar estas disposiciones a partir de enero de 2024.

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